[394] Nave agropecuaria con licencia cercana a nucleo urbano.

Una nave con licencia de obra mayor concedida en 27/05/1985 para albergar ganado ovino. Ejerce actividad y aunque no consta expediente en el que se notifique la extinción de la actividad, la misma la vuelve a recuperar en 2014 por un ganadero para albergar de nuevo ovejas. En éstos años se ha ido desarrollando el plan general ( aprobado en 1998) con la existencia de dichas naves, quedando dicha nave a una distancia inferior a los 250 m que marca el plan general que deben estar las instalaciones que alberguen animales. Si ya existía la nave antes de las viviendas, ¿la proximidad de la instalación a las viviendas ha de ser tenida en cuenta para la posibilidad de tener ovejas en la nave, después de no haberlas tenido durante años?

Pere-Joan Torrent Ribert. Abogado

Es difícil contestar esta pregunta. Si la nave existía antes de que el planeamiento haya permitido la construcción de viviendas a una distancia inferior a los 250 metros que marca el propio planeamiento, resulta que este planeamiento obliga a cerrar la granja, o deja inútil la actividad que se venía ejerciendo en dicha nave. Ello supone un daño patrimonial que el Ayuntamiento posiblemente deberá indemnizar. Ahora bien, en este momento, y dejando de lado el tema de la indemnización, parece evidente que el Ayuntamiento no puede conceder la licencia a esta actividad, pues iría contra el planeamiento que prohíbe la actividad pecuaria a una distancia inferior a los 250 metros de las viviendas o del suelo urbano consolidado. Por lo tanto mi opinión es que la licencia se debe denegar. Lo que pasará luego entre el propietario de las naves y el Ayuntamiento, es otro tema, posiblemente más difícil de resolver, si bien pienso que el Ayuntamiento saldrá perdiendo, pues ha cometido un error en permitir que el suelo urbano se acerque de esta manera a una granja, sin prever de una manera u otra, el cierre compensado de dicha granja.

No hay comentarios:

Publicar un comentario