[406] Licencia de obra para dar cumplimiento a una orden de restauración de la realidad física alterada

Soy arquitecta en un municipio de Catalunya.
En 2010 se incoó un expediente de restauración de la realidad física alterada por unas obras en SNU (aumento de volumen ya que se sustituyó una cubierta inclinada por una cubierta plana) y se ordenó en agosto del mismo año la reposición al volumen original. 
El propietario solicita licencia de obras para dar cumplimiento a esta orden y me toca a mi informar la licencia...
Yo particularmente no estoy de acuerdo con la orden que se le dio ya que, según la Ley de Urbanismo, al tratarse de construcciones en un SNU (fuera de ordenación) no se puede consolidar y mucho menos reconstruir pero yo no intervine en este expediente y quien ordenó es el Ayuntamiento…
¿Cual es mi papel? No se si puedo informar favorablemente la licencia basándome en que el ciudadano está haciendo lo que se le ordenó o debo informar desfavorablemente ya que entiendo que en SNU no se pueden conceder este tipo de licencias.
Pere-Joan Torrent Ribert. Abogado
En realidad no estamos ante una licencia sino más bien ante una orden de ejecución, es decir ante unas obras ordenadas por el propio Ayuntamiento. Por otra parte, nadie puede ir contra sus propios actos. Y por último, el Ayuntamiento está obligado a dar cumplimiento a sus decisiones, a no ser que proceda a la revisión de oficio de sus actos. Por todo ello, a mi entender, procede que tu emitas un informe favorable en el sentido de que las obras que este propietario pretende realizar se corresponden con las obras que el propio Ayuntamiento le ordenó realizar en su día. Y tú te olvidas de si lo que ordenó en su día el Ayuntamiento era lo correcto o no, quiero decir que no debes entrar en ello.

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