[041] COMPATIBILIDAD Y EXCLUSIVIDAD

Soy funcionaria de carrera. He recibido una oferta para trabajar para otra Administración en horario distinto y en materia distinta (docente en otra materia) y me solicitan para ello que mi Administración actual me conceda la compatibilidad. No tengo complemento de exclusividad. En caso de que no me concedan la compatibilidad, ¿implicaría que han de reconocerme la exclusividad?
Gracias de antemano y felicidades por el foro y el blog.
Pere-Joan Torrent Ribert. Abogado
Hoy no existe el complemento de exclusividad. Es decir no puedes cobrar este complemento porque no existe. Sin embargo dentro del complemento específico, suele valorarse y por lo tanto retribuirse, el concepto de exclusividad o especial dedicación. Está claro que para que puedas trabajar en otra Administración, la Administración a la cual perteneces debe concederte la compatibilidad. Y esta concesión en general está completamente prohibida para trabajar en otra Administración Pública. No puedo contestarte si tienes derecho a que te la concedan, porque para ello debería saber en que trabajas y para que pides la compatiblidad, así como si el importe de tu complemento específico supera el 30 % de tus retribuciones básicas. En principio, la docencia como segundo trabajo, es de las pocas actividades que se permiten como segundo trabajo en una Administracón Pública. En cualquier caso debes leer y mejor estudiar la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas.

No hay comentarios:

Publicar un comentario