[042] SOLICITUD DE LICENCIA DE PRIMERA OCUPACION

En el año 2005 redacte un proyecto de ampliación y reforma de una vivienda unifamiliar. Las obras concluyeron en marzo del 2006.
El propietario de la vivienda ha recibido con fecha de noviembre del 2011 y como consecuencia de la denuncia de un vecino, una carta del Ayuntamiento solicitándole la licencia de primera ocupación en aplicación del art.153.4 de la ley 9/2001 del suelo de la Comunidad de Madrid.
Mi pregunta es:
1. Si se trataba de ampliar una vivienda que ya existía desde los años 60, es necesario solicitar la licencia de primera ocupación de la ampliación.
2.  En caso de que fuera obligatorio solicitarla, puede pedirla el Ayuntamiento después de 5 años o tiene una caducidad.

Pere-Joan Torrent Ribert. Abogado
Primero. Si las obras de ampliación y reforma no han sido de rehabilitación total de la vivienda, se entiende que no hace falta la licencia de 1ª ocupación. De hecho parece que el propietario no ha precisado de esta licencia para contratar los servicios de agua, luz, gas , teléfono, porque estas compañías habrán considerado las obras como una simple ampliación de la vivienda existente.
Segundo. En el supuesto que la licencia fuera necesaria, la acciones de disciplina urbanística en la Comunidad de Madrid prescriben a los 4 años de finalización de las obras. De todas maneras, si las obras se han hecho de forma legal y con la debida licencia urbanística, yo no veo inconveniente en que tu cliente solicite la licencia de 1ª ocupación, porque tiene derecho a que se la otorguen sin más problemas.

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