Necesito redactar un informe pericial para elaborar una hoja de aprecio para un procedimiento expropiatorio de terrenos rústicos en el Pricipado de Asturias por obras de infraestructuras ferroviarias.
Pere-Joan Torrent Ribert. Abogado
1. Supongo que al participar este este Blog de la UAAAP eres un arquitecto. Al respecto debo decir que si es así, tu titulación no es la más adecuada para hacer una hoja de aprecio de unos terrenos rústicos. No digo que no tengas capacidad jurídica para hacer la hoja de aprecio, sino que como arquitecto no tienes autoridad científica para valorar unos terrenos rústicos y tu hoja de aprecio será atacada por la parte contraria, entre otras cosas alegando que careces de los conocimientos necesarios para hacer una hoja de aprecio de fincas rústicas. Si tienes la titulación de ingeniero agrónomo o ingeniero técnico agrícola, puedes olvidar lo que acabo de decir.
2. En cualquier caso y tengas la titulación que tengas, la valoración debes hacerla siguiendo lo que establece el artículo 23 del Texto Refundido de la Ley estatal de suelo, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2008, de 20 de junio (BOE de 26-06-2008).
3. En definitiva debes buscar la capitalización de la renta real o potencial (la mayor de las dos) de las fincas a expropiar. Ello exige conocer bien el cultivo existente en la finca y sus rendimientos.
4. Por último, recuerda que el resultado puede ser corregido al alza hasta un máximo del doble en atención a la situación de la finca.
1. Supongo que al participar este este Blog de la UAAAP eres un arquitecto. Al respecto debo decir que si es así, tu titulación no es la más adecuada para hacer una hoja de aprecio de unos terrenos rústicos. No digo que no tengas capacidad jurídica para hacer la hoja de aprecio, sino que como arquitecto no tienes autoridad científica para valorar unos terrenos rústicos y tu hoja de aprecio será atacada por la parte contraria, entre otras cosas alegando que careces de los conocimientos necesarios para hacer una hoja de aprecio de fincas rústicas. Si tienes la titulación de ingeniero agrónomo o ingeniero técnico agrícola, puedes olvidar lo que acabo de decir.
2. En cualquier caso y tengas la titulación que tengas, la valoración debes hacerla siguiendo lo que establece el artículo 23 del Texto Refundido de la Ley estatal de suelo, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2008, de 20 de junio (BOE de 26-06-2008).
3. En definitiva debes buscar la capitalización de la renta real o potencial (la mayor de las dos) de las fincas a expropiar. Ello exige conocer bien el cultivo existente en la finca y sus rendimientos.
4. Por último, recuerda que el resultado puede ser corregido al alza hasta un máximo del doble en atención a la situación de la finca.
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