[066] DEBE UN AYUNTAMIENTO EXIGIR LA ACREDITACIÓN DE APAREJADOR DENTRO DE LA DIRECCIÓN FACULTATIVA

Me gustaría saber si un técnico municipal puede solicitar con carácter previo al otorgamiento de la licencia de obras que se acredite la existencia de Arquitecto Técnico/Aparejador dentro de la Dirección Facultativa de una obra de edificación (según LOE), aun sin que esto venga apoyado en ordenanza municipal.

Pere-Joan Torrent Ribert. Abogado
Por supuesto el Técnico municipal puede y debe solicitar que se acredite la existencia de arquitecto técnico o aparejador como director de la ejecución de la obra en las licencias de obras, para las cuales la Ley de ordenación de la edificación exige que el director de la ejecución de la obra debe tener aquella titulación, aunque ello no esté previsto en ninguna ordenanza municipal. En definitiva esto sucede e todas las obras del artículo 2.1.a) de la LOE; y también en las obras del artículo 2.1.b) cuando el director de la obra es un arquitecto, pero no si el director de la obra es un ingeniero.

1 comentario:

Unknown dijo...

El Decreto 60/2010 de Disciplina Urbanística de Andalucía indica que la solicitud de licencia de obras debe identificar tanto al redactor del Proyecto como a la Dirección Facultativa.

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