Pere-Joan Torrent Ribert. Abogado
Supongo que querrás decir que se trata de un local que fue construido legalmente en un solar apto para ser edificado, y que después en una revisión del planeamiento dicho solar ha sido calificado como zona verde. Digo que supongo esto, porque en otro caso un local jamás puede ser construido legalmente en zona verde, ya que esto sería como el círculo cuadrado. Suponiendo lo primero, para responder a tu pregunta, hay que estar a lo que establece la legislación urbanística de cada Comunidad Autónoma, e incluso lo que establezca el propio planeamiento municipal. Los edificios fuera de ordenación, especialmente los que han de ser derribados en el día en que se ejecute el planeamiento (como es el caso que tu expones) suelen tener una regulación muy restrictiva en las diferentes legislaciones urbanísticas. Y ello es natural porque permitir obras e instalaciones en ellos aumenta su valor de expropiación. Pero no puedo responder a tu pregunta, porque para hacerlo hay que saber la Comunidad Autónoma de que se trata y disponer de la legislación aplicable.
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