[367] Devolución de una garantía del 3% como requisito administrativo en suelo rústico

Pretendo edificar en una terreno rústico en la provincia de Guadalajara (Lupiana) y el ayuntamiento me exige el abono de un 3% en concepto de la garantía prevista en el art. 17.d del Decreto 242/2004, de 27-07-2004, por el que se aprueba el Reglamento de Suelo Rústico. En dicho reglamento no se especifica cuándo se devolverá la garantía del 3 % por el ayuntamiento. ¿Se devolverá al acabar la obra y comprobar que cumple con los requisitos del proyecto aprobado? ¿Dónde consta "blanco sobre negro" que es así? Si abono el ICIO y la garantía quiero tener la seguridad de que el ayuntamiento me devolverá la garantía al finalizar las obras o, de lo contrario, en la práctica sería cobrar dos veces el ICIO?
Pere-Joan Torrent Ribert. Abogado
1. El artículo 17,d) del Reglamento de Suelo Rústico, aprobado por el Decreto 242/2004, de la Comunidad de Castilla-La Mancha, establece lo siguiente: "d) Afianzar el cumplimiento de las condiciones legítimas de las correspondientes calificación y licencia. A este efecto, los interesados deberán, una vez otorgada la licencia municipal, prestar garantía, en cualquiera de las formas admitidas por la legislación aplicable, a la Administración Municipal, por importe del tres por ciento del coste de la totalidad de las obras o los trabajos a realizar, sin cuyo requisito no podrá darse comienzo a la ejecución de las obras, ni serán eficaces los actos de calificación y licencia que legitimen éstas." 
2. De acuerdo con este precepto queda claro que la garantía que te exigen del 3 % no es ningún tributo. Es una garantía de que la construcción que tu pretendes realizar cumplirá con todos los requisitos legales y las condiciones que te impongan en la licencia. 
3. Acabadas las obras y una vez el Ayuntamiento haya comprobado que dicho cumplimiento se ha efectuado, deberán devolverte la garantía. Esta es la finalidad de todas las garantías exigidas por cualquier autoridad administrativa o judicial: garantizar el cumplimiento de unas normas o alguna obligación. Una vez constatado este hecho, todas las garantías deben ser devueltas.

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