[389] Segregación de parcela en Suelo Urbano No Consolidado

Me surge una consulta urbanística de segregación de una parcela dentro de un Sector de Suelo Urbano No Consolidado SUNC.-5, en el que las Normas urbanísticas Municipales del municipio tienen la ficha del sector definida y para el planeamiento de ordenación detallada hay que desarrollar un Estudio de Detalle.
La superficie bruta del sector es de 9.716 m² y la parcela que pretenden segregar en dos es de 1.148 m².
Mi pregunta es: ¿es preceptivo conceder la segregación de la finca sin haber desarrollado el Estudio de Detalle previamente?
Pere-Joan Torrent Ribert. Abogado
1. El artículo 26.2 del Reglamento de Urbanismo de Castilla y León establece que el suelo urbano no consolidado precisa que se establezca su ordenación detallada, que puede hacerse mediante el planeamiento general o mediante un estudio de detalle o un plan especial. 
2. En el caso que tu expones, no existe aprobado ninguno de estos instrumentos. Además la Normas Urbanísticas Municipales exigen la aprobación de un Estudio de Detalle. 
3. El artículo 311.1 del referido Reglamento establece que no podrán concederse licencia de parcelación o segregación en el suelo urbano no consolidado antes de la aprobación definitiva del instrumento de ordenación detallada. 
4. Por lo tanto opino que en el caso que tu expones debe denegarse la licencia de segregación solicitada.

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