Una parcela en la que existe un edificio (nave) pretende segregarse en dos, quedando esa división parcelaria dentro del edificio (no dividido).
Se cumplen determinaciones del planeamiento como edificabilidad, ocupación, etc. pero ¿hay argumento concreto en la legislación urbanística que impida esta segregación?
Pere-Joan Torrent Ribert. Abogado
Perdona pero no entiendo la pregunta. No se si quieres decir que con la división el edificio queda parte en una parcela y parte en otra. Si fuera así, la división podría denegarse por contradecir las normas de la propiedad horizontal. Y de manera implícita también iría contra la normativa urbanística, aunque el planeamiento expresamente no lo prohíba. Las normas no prohíben cosas imposibles de hacer, por pura lógica. Si un edificio se ubica en una parcela, no podemos dividir la parcela para que el edificio esté a caballo de las dos parcelas. Si tu pregunta quiere decir otra cosa, por favor, explicalo nuevamente, a ver si puedo entenderlo. Piensa que yo soy abogado y no arquitecto.
1 comentario:
Has de consultar la legislación de tu CA. En Catalunya la segregación de una parcela, es decir, la creación de dos entidades registrales, està sometida a licencia de parcelación o de división de propiedad horizontal, según los casos.
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