[520] Caducidad de licencia de obras

Hace poco que estoy de técnico municipal en un pueblo en Cataluña y tengo dudas sobre las licencias y su caducidad. Según la Ley de Urbanismo las licencias de obras caducan a los tres años si no se ha pedido su prorroga. 
Estoy informado a los interesados de las licencias que estan caducadas para cerrar el expediente, pero no lo hago con los que han pedido primera ocupación puesto que han aportado un certificado final de obra firmado por técnico responsable. En correcto ? o tengo que informar la caducidad igualmente para poder cerrar el expediente?
Otra consulta, es si piden prórroga, urbanismo te dice que tiene que pedirla antes que finalice el plazo original, pero que tiempo tiene la administración para responder? En la ley de procedimiento administrativo se dice que la petición y la respuesta tiene que estar dentro del plazo original y se tiene que dar por máximo la mitad del tiempo de la primea solicitud.
Pere Joan Torrent Ribert. Abogado
1. Como tú dices las licencias caducan en el plazo que establezca la normativa municipal, y que se debe fijar en la concesión de la licencia. Si no se fija ningún plazo en la licencia, esta caducará a los 3 años, según la legislación de Cataluña. Pero la caducidad hay que declararla mediante resolución del órgano que concedió la licencia. Tu informe debes enviarlo a la Secretaria para que desde allí resuelvan la caducidad.
2. En los casos en que las obras han finalizado y ya han solicitado la licencia de 1ª ocupación, ya no ha lugar a declarar la caducidad.
3. Si solicitan una prórroga, deben hacerlo antes de que finalice el plazo de los 3 años. Una vez transcurrido dicho plazo, ya no ha lugar a solicitar la prórroga.
4. La prórroga tan solo se puede conceder por la mitad del plazo que se fijó en la licencia, o del plazo general que determina la legislación catalana, o seas por 18 meses.

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