Presentan un proyecto de construcción de un ascensor en edificio de viviendas. El ascensor pasa parcialmente por un patio, pero es necesario recortar todos los forjados, realizar el foso con su cimentación y una nueva caja rígida donde apoyar los forjados "recortados". El proyecto se presenta firmado y visado por un aparejador. A mi me parece que según la LOE, es competencia exclusiva de arquitecto, pues es un edificio residencial y el proyecto afecta a la estructura, pero no estoy seguro. ¿Cuál es vuestra opinión?.
Pere-Joan Torrent Ribert. Abogado
Yo opino como tu, por dos motivos: porque un arquitecto técnico no es competente para la instalación de un ascensor, cosa que puede ser competencia de un ingeniero industrial, al margen de que sea una vivienda u otra edificación. Y porque al afectar a la estructura de una vivienda, opino que es competencia exclusiva de un arquitecto. La afectación de la estructura que describes me parece suficientemente sustancial, para exigir la competencia exclusiva de un arquitecto, de acuerdo con la LOE, tal como tu opinas.
Yo opino como tu, por dos motivos: porque un arquitecto técnico no es competente para la instalación de un ascensor, cosa que puede ser competencia de un ingeniero industrial, al margen de que sea una vivienda u otra edificación. Y porque al afectar a la estructura de una vivienda, opino que es competencia exclusiva de un arquitecto. La afectación de la estructura que describes me parece suficientemente sustancial, para exigir la competencia exclusiva de un arquitecto, de acuerdo con la LOE, tal como tu opinas.
1 comentario:
Si esto se considera tal y como explicais, se debe tener en cuenta que además de D.O. debe requerirse D.E.O.
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