Quería preguntarles si como perito inmobiliario y perito de seguros IRD que soy, si podría realizar medición de ruidos nocturnos con sonometro que provienen del piso superior, para acompañar dicho informe a la denuncia en el juzgado para que el mismo actúe y mande a otra persona o empresa a realizar otra medición y también si valoraría los resultados que yo aportase en el informe, a modo de prueba para actuar y probatorio, señalar que estos ruidos se producen de noche desde las once a las tres o cuatro de la mañana. Me urge que me den respuesta si podría hacerlo y que validez tendría, decirles que llevo años trabajando como perito y no tendría problemas en hacer la medición, pero no se si puedo hacerla y si la hago como debo realizar el informe si a modo informativo o como ya que no poseo titulación especifica en acustica, si se tomar las mediciones y sabría reflejarlo en el papel. Quedo a la espera de sus prontas noticias si puedo hacerlo y como tendria que reflejarlo en el papel si a modo de información de las mediciones realizadas o como informe pericial,etc.
Pere-Joan Torrent Ribert. Abogado
1. Yo opino que tu puedes hacer estas mediciones y hacer el Informe pertinente para acompañar a la denuncia.
2. El Informe debes hacerlo dando todo tipo de detalles: día y la hora, lugar en que te sitúas en el piso de abajo, personas que te acompañan, si tienes las ventanas cerradas o abiertas, y por supuesto el aparato que utilizas para hacer la medición.
3. También sería muy interesante que si existe (cosa que yo desconozco) un aparato que grave los ruidos, se hiciera la grabación de los mismos, para acompañar con la denuncia.
3. Tu informe tedrá el valor de una prueba pericial-testifical que el Juez tendrá en cuenta con toda seguridad, siempre que contenga todos los datos, y nada haga pensar que tu no eres imparcial al emitir este Informe.
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