[176] Querella coactiva

A través de un escrito de recusación he tenido conocimiento de la presentación de una querella criminal contra mí por informar desfavorablemente, dentro del trámite ambiental, un proyecto que incumplía el Plan General. El denunciante aduce que mi informe está lleno de falsedades y que contradice otros informes y una sentencia (que en su fallo dio la razón al ayuntamiento anteriormente por denegarle en su momento la licencia de obra). Por ello me acusa de prevaricación y falsedad en documento público. A pesar del mal trago, no tengo dudas de que esto no va a ninguna parte. Una vez se archive la querella, ¿qué pasos debo dar? ¿Denunciar al querellante por denuncia falsa? ¿Dar traslado a la fiscalía para que investigue si ha cometido algún delito? La verdad es que tengo cosas mucho más importantes que hacer, pero entiendo que no se puede consentir que con denuncias falsas se intenten soslayar las normas y las obligaciones que afectan a todo el mundo, de forma que las personas honradas tengan muchas cargas y dificultades que estos "emprendedores avispados".
Pere-Joan Torrent Ribert. Abogado.
Mis consejos ante lo que te está sucediendo, deducidos de mi experiencia en casos similares, son los siguientes.
1. Busca un buen abogado penalista, que supongo los habrá en tu municipio, aunque yo no los conozco. Preferible que sea de tu municipio, ya que el Juzgado de Instrucción que deberá entender la querella reside en este caso ahí. 
2. Recuerda que al tratarse de unos hechos realizados en el ejercicio de tu función pública municipal, tienes derecho a que el Ayuntamiento asuma los costes y honorarios del abogado y del procurador. En el supuesto de que el Ayuntamiento no accediera ahora a asumir estos gastos (cosa que no creo), tu debes proceder a contratar los servicios de un abogado y un procurador por tu cuenta, y al finalizar el procedimiento podrás exigir al Ayuntamiento que te abone las correspondientes minutas pagadas por ti. 
3. Sobre lo que deberías hacer al finalizar el procedimiento acerca del temerario querellante, creo que te lo debe aconsejar el abogado que te defienda, pues solo al final, y a la vista de como discurra la instrucción de la querella y del contenido del Auto de archivo o de la Sentencia absolutoria, se puede dar un consejo al respecto. 
4. A pesar de lo que acabo de decir, yo en casos similares siempre he aconsejado olvidarse del querellante, a no ser que en la querella te hayan adjudicado hechos falsos.

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