Aproximadamente en 1998 los propietarios de una promoción de viviendas adosadas (suelo urbano) compraron porciones de la finca trasera (suelo urbanizable sin desarrollar, ni antes ni ahora) uniendo cada porción a cada vivienda. Con carácter informativo indicar que catastralmente las viviendas se encuentran actualizadas, cada vivienda unida a su patio posterior, si bien en el planeamiento general continúa apareciendo como parte de suelo urbanizable por desarrollar.
A través de un acta de la Jefatura de la Policía Local, el Ayuntamiento ha procedido a paralizar obras de hormigonado y enfoscado de paredes (suelo urbanizable) del patio posterior de una vivienda, solicitando posteriormente la interesada la preceptiva licencia de obras.
Entendiendo que la parcelación urbanística se ha realizado con anterioridad a la entrada en vigor de la Ley 7/2002 de Ordenación Urbanística de Andalucía y desconociendo el régimen urbanístico de aplicación (fuera de ordenación o asimilado a fuera de ordenación), agradecería me informara respecto a si las obras se consideran legalizables o no, y los artículos de la legislación a los que poder hacer referencia en mi informe.
Pere-Joan Torrent Ribert. Abogado
Pere-Joan Torrent Ribert. Abogado
1. Considero que la incorporación de suelo urbanizable sin desarrollar a un suelo urbano, y hacer obras en este suelo, aunque sean de pequeña monta, no es legalizable; ni es legalizable la parcelación ni son legalizables las pequeñas obras.
2. Entiendo que no existe otra solución que una modificación puntual del planeamiento, moviendo la línea del suelo urbano, de forma que esta ampliación fáctica e ilegal del patio trasero de las viviendas adosadas sea legalizable, al igual que las pequeñas obras hechas en ella.
3. Otra vía sería la tolerancia de esta infracción, pero una vez hay una denuncia por Acta de la Policia Local, esta tolerancia ya no es posible.
4. Por otra parte, llevar adelante la restauración de la legalidad infringida por esta infracción, parece un poco fuerte y puede traer más problemas al Ayuntamiento que beneficios.
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