Trabajo como arquitecta municipal en un municipio gallego. Recientemente recibí un proyecto de segregación y posterior agrupación de fincas (en suelo rústico), firmado por un técnico superior (FP) en desarrollo y aplicación de proyectos de construcción. Quisiera saber si tienen competencias profesionales para ello.
Pere-Joan Torrent Ribert. Abogado
1. Con el debido respeto a los Técnicos Superiores, a su profesionalidad y al importante trabajo que desarrollan, yo opino que no son competentes para redactar un Proyecto de segregación y posterior agrupación de fincas en suelo no urbanizable.
2. En un proyecto de este tipo, no tan solo hay que grafiar las fincas a escala, sino que también hay que aplicar la legislación de Galicia sobre las unidades mínimas de cultivo en el suelo agrario, y la normativa urbanística propia del municipio donde se encuentran las fincas, justificando la legalidad y corrección de lo que se solicita al Ayuntamiento. Y pienso que para ello debe exigirse una titulación técnica universitaria.
3. También es cierto que como no estamos ante un Proyecto de obras, si el Ayuntamiento concede la licencia en base al proyecto firmado por este técnico superior, y posteriormente se otorga la correspondiente escritura pública ante Notario y finalmente se procede a la inscripción en el Registro de la Propiedad, no veo la posibilidad de que nadie impugne la licencia concedida por el tema de la no competencia del técnico que ha suscrito el proyecto, siempre que la segregación y posterior agrupación sea conforme a la legislación de la Comunidad de Galicia y de las normas urbanísticas municipales acerca del suelo no urbanizable.
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