[164] OBRAS EN ANTIGUO SUELO INDUSTRIAL

Se encuentra definida en Normas Subsidiarias Municipales (1987) una zona de suelo urbano ZM3 en la que se prevé uso residencial. En aquel momento dicho suelo se destinaba al uso industrial, encontrándose en funcionamiento una cooperativa olivarera. Con el paso de los años dicha cooperativa se trasladó de dicha zona, pasando la titularidad de los terrenos al Ayuntamiento y destinándose actualmente a almacen municipal.
Por otro lado dicha zona no ha sufrido modificación en las NNSS municipales, y en la memoria de ordenación establece que: “su uso actual (en 1987) es industrial alojando dos cooperativas olivarera y vinícola de reciente remodelación por lo que su obsolescencia se producirá a largo plazo, transcurrido este debe volver a instalarse en suelo industrial” y continúa “no se concederán licencias de obra para renovar, mejorar o ejecutar edificación de nueva planta según establecen las normas urbanísticas de la zona,…” . 
Llegados a este punto, se plantea por Alcaldía la realización de obras de mejora en uno de los edificios existentes en dicha zona ZM3, con lo que aparecen la siguiente cuestión:
¿Es posible la ejecución de las obras de mejora planteadas, habiéndose cambiado ya el uso industrial y no existiendo perspectiva en el desarrollo a uso residencial?
Pere-Joan Torrent Ribert. Abogado.
1. Por lo que explicas resulta que estas naves se encuentran en un suelo destinado a uso residencial. Por lo tanto, su uso actual, almacén municipal, podríamos decir que está fuera de ordenación, según los términos de la legislación de tu Comunidad Autónoma, que no se cual es. 
2. Por ello, las obras que se puedan realizar en estos edificios tan solo pueden ser las mínimas imprescindibles por razones de seguridad o salubridad. 
3. Por lo que das a entender en tu pregunta, las obras que quiere realizar el Alcalde son obras de mejora, es decir, mejorar las condiciones de la construcción como almacén municipal. 
4. Considero que ello es ilegal urbanísticamente. 
5. Lo correcto sería una modificación puntual de las NNSS, y permitir el uso residencial, conjuntamente con el uso comercial, incluido el de almacén, prohibiendo el industrial, para que no puedan convivir la industria y las viviendas. 
6. Después de darte mi opinión, que intuyo que coincide con la tuya pues al hacer la pregunta demuestras que tenias serias dudas sobre la legalidad de las obras, también te digo que dudo mucho que a nadie se le ocurrirá impugnar estas obras, hechas en un almacén municipal, y que consisten simplemente en mejorar el edificio, sin ampliarlo ni en superficie ni en altura. El problema estribará en que posiblemente te pedirán que tu informes la legalidad de las obras; y tu no puedes hacer un informe favorable aunque el alcalde tenga mucho interés en ello. Lo ideal sería que se puedan hacer las obras sin que te exijan un informe tuyo. Porque también es cierto que dentro de la multitud de pecados urbanísticos que se comenten en nuestro país, la mayoría de ellos pecados muy graves, yo calificaría estas obras como un pecado urbanístico venial muy pequeño; lo cual no significa que tu debas informar favorablemente este tipo de actuaciones. A pesar de lo que acabo de decir, yo no haría un informe favorable.

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